El Observatorio de Derechos
Humanos de Pueblos Indígenas (Odhpi) expuso ante el Congreso Nacional y
cuestionó el Código Civil impulsado por el Gobierno. Auguró más
desalojos y más criminalización indígena.
(5 de septiembre 2012 – Odhpi) –
“Venimos a decirles a los congresistas que este proyecto de Código Civil
es promotor de desalojos indígenas y promotor de condenas penales por
usurpación”, afirmó el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos
Indígenas (Odhpi) ante la Comisión Bicameral del Congreso Nacional, en
la audiencia pública de ayer en Buenos Aires. La organización de
derechos humanos coincidió con los pueblos indígenas (que ya habían
expuesto) al remarcar la “evidente inconstitucionalidad” del texto
propuesto por el Poder Ejecutivo. El Odhpi instó a los legisladores a
que “no propaguen el genocidio legalizando el despojo de los pueblos
indígenas”.
“La situación actual al interior de las
provincias es que la discusión sobre la propiedad comunitaria indígena
se da en el ámbito judicial y no en otros ámbitos. Esa es la única
respuesta que tiene el Estado para abordar un tema tan sensible como lo
es la situación territorial indígena. Ese es el escenario que se ofrece,
un escenario donde terratenientes y empresarios se mueven como pez en
el agua, y los indígenas apenas si logran, en el mejor de los casos,
recurrir a defensores voluntarios. Allí es donde nos encontramos con
jueces racistas que se resisten a comprender o se oponen ideológicamente
a respetar y considerar al Pueblo Mapuche como colectivamente
diferente, a respetar la diversidad que está declarada en la
Constitución y a receptar las consecuencias jurídicas concretas que
tiene el reconocimiento de pueblos preexistentes”, alertó Micaela Gomiz,
abogada y secretaria ejecutiva del Odhpi.
“Esos jueces de provincia que comparten
el origen social de los impulsores de los juicios, que están impregnados
de prejuicios personales y raciales, y que son adictos a la aplicación
de normas del derecho común, ahora van a tener en ‘su” Código Civil
normas que se dicen reguladoras de la propiedad indígena, pero que
ayudarán a seguir equiparando a la posesión indígena con la posesión
civil”, advirtió Gomiz.
El Odhpi recordó que la Constitución
Nacional, el Convenio 169 de la OIT (de carácter supralegal) y la Corte
Interamericana de Derechos Humanos establecen dos cuestiones centrales
para reconocer la propiedad comunitaria indígena: que la posesión
indígena implica propiedad (haya reconocimiento explícito estatal o no) y
que esa posesión indígena es sustancialmente diferente a la posesión
del código civil.
“Ninguna de estos dos aspectos están
incluidos en la regulación propuesta. Y no sólo no están incluidos, sino
que están siendo negados. La negación de estos aspectos significarán
directamente la expulsión de los territorios y la negación de derechos
territoriales indígenas, o sea lo contrario a lo que muchos creen que
este proyecto viene a hacer. Aunque en unos años logremos la
inconstitucionalidad de esos artículos, lo cierto es que mientras tanto
las consecuencias las van a sufrir las comunidades”, denunció.
La abogada especializada en derecho
indígena afirmó que el nuevo Código Civil beneficiará a los
terratenientes que avanzan sobre territorios indígenas. “Los jueces
penales condenarán a los miembros de las comunidades porque estarán
‘usurpando’ tierras que el Estado tituló a nombre de otro. Porque pese a
que la Corte Interamericana ya ha dicho que la posesión indígena
implica propiedad, los jueces van a recurrir a un Código Civil que sí
habla de propiedad comunitaria indígena pero que la subordina a las
reglas típicas del derecho de propiedad clásico”, lamentó la abogada del
Odhpi.
El Odhpi recordó que la “falta de
titulación” de los territorios indígenas es la gran génesis de la
mayoría de las violaciones de derechos de las comunidades, y es el
origen de los juicios que enfrentan las comunidades. A modo de ejemplo,
en Neuquén existen 57 comunidades mapuche y sólo cinco tienen su
territorio titulado en su totalidad. Ni una sola tiene el relevamiento
territorial hecho (a pesar de que la Ley 26160, que insta a relevarlas,
fue sancionada en 2006) y 16 comunidades tienen juicios relacionados con
sus tierras. “¿Qué se soluciona con este texto propuesto de Código
Civil para estas comunidades en lo concreto para cada uno de esos
juicios? No sólo no hay procedimiento establecido en este proyecto para
obtener ese título sino que se desconoce las actuales propiedades al
negar la posesión indígena”, aclaró Gomiz.
En línea con el pedido de la mayoría de
los pueblos indígenas del país, el Odhpi solicitó a los congresistas que
retiren de la reforma los artículos referidos a los pueblos indígenas.
“No propaguen el genocidio legalizando el despojo que han sufrido los
pueblos indígenas. Si la voluntad es legislar sobre estos derechos, los
mismos indígenas están dispuestos a participar en ese proceso y el
Estado está obligado a garantizarlo”, reclamó el Odhpi.
Contacto
Micaela Gomiz
0299 15 4285934
www.odhpi.org
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