miércoles, 26 de septiembre de 2012

“El proyecto de reforma del Código Civil no respeta a los Pueblos Originarios”



El Pueblo Mapuche de Neuquén denunció que el proyecto de Código Civil vulnera los derechos indígenas, desoye la legislación vigente (Constitución Nacional y tratados de derechos humanos) y exhortó al Congreso a sancionar una ley especial que aborde la propiedad comunitaria indígena.

(ODHPI – 25 sep 2012) – No hubo consulta a los pueblos indígenas. Omite la figura de “pueblo y territorios” y las reduce a “comunidad y tierra”. Desconoce los derechos indígenas en zona urbanas y periurbanas. Ignora los tratados de derechos humanos y la Constitución Nacional en cuanto a la necesidad del “consentimiento libre, previo e informado” (respecto a cualquier acción que pudiera afectar a los pueblos indígenas) y a la preexistencia indígena (anterior al Estado Nacional). Son sólo algunas de las falencias del proyecto de Código Civil que remarcaron dirigentes mapuches en las audiencias públicas que se realizaron en Neuquén. Exigen que se supriman del proyecto los artículos referidos a los pueblos indígenas, instan a un “verdadero proceso de consulta” y reclaman una ley especial sancionada por el Congreso Nacional “cómo prometió la Presidenta en mayo de 2010”.
El jueves 20 y el viernes 21 de septiembre fueron las audiencias públicas por la reforma del Código Civil, en la Universidad Nacional del Comahue. Como sucede desde que la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, y el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, dieron a conocer al anteproyecto de Código Civil: se repitieron las críticas por la forma en que el proyecto incorpora artículos específicos del derecho indígena.
“El proyecto  Código Civil no respeta a los pueblos originarios. Hay clara falta de consulta y participación de los pueblos indígenas, derecho claramente establecido en la Constitución Nacional y en los tratados de derechos humanos. El presente proyecto no ha respetado ninguno de nuestros derechos, no hubo consulta previa, no hubo buena fe, no fue transparente y no fue mediante las instituciones representativas”, aclaró Lefxaru Nawel, zonal Xawvn Ko de la Confederación Mapuche de Neuquén (CMN). Y recordó que el derecho a la participación y a la consulta en los temas que atañen a los pueblos originarios “no es una concesión caprichosa sino un derecho humano fundamental logrado con la lucha”.
Al igual que los otros dirigentes indígenas, Nawel llamó a “suprimir (en el proyecto de Código Civil) el texto que se refiere a derechos indígenas” y, de ser aprobado como fue enviado por el Poder Ejecutivo, advirtió la posibilidad de recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “Exhortamos al Congreso Nacional a iniciar un proceso de consulta verdadero, así nos habremos encaminado en un proceso democrático y de reparación de la deuda histórica que el Estado tiene con los pueblos originarios”, instó Nawel.
José Kinxikew, vocero de la Confederación Mapuche, afirmó que el proyecto de Código Civil “no encaja con lo que se comprometió la Presidenta (en mayo de 2010) cuando habló de los pueblos originarios y de ‘empezar una reparación histórica’. Hasta aquí no hemos visto nada de esa reparación”. Y dio paso a una joven werken (vocera) de la comunidad Kinxikew: “La incorporación del derecho a consulta de la manera que se hizo es de una gravedad alarmante. Es un derecho que ha costado incluso vidas, y lo incluyen en artículo 2038 como ‘información y consulta’, es violatorio de todos los avances sobre el tema, de la Declaración de la ONU, del Convenio 169 de la OIT, que claramente incorporan el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos afectados. De aprobarse este Código Civil, todos los avances conseguidos en la última década quedarán reducidos a un mero trámite administrativo de ‘información y consulta’”.
Además de la ausencia de consulta, la werken mapuche reafirmó las mismas críticas que remarcan dirigentes de otros pueblos indígenas: el proyecto omite hablar de territorio (acota al concepto menor de “tierra”), entiende a los pueblos indígenas como sólo sujeto de espacios rurales (desconoce la presencia y los derechos territoriales en ámbitos urbanos y periurbanos), legisla sobre comunidad y no pueblo, los considera persona jurídica del derechos privado (como fundaciones o consorcios de edificios). “Es necesario actualizar el Código Civil, pero es inadecuado introducir los derechos indígenas en un Código que contiene lo privado y lo individual, incompatibles con los pueblos indígenas. Nuestros derechos deben ser reglamentados con una ley especial, como prometió la Presidenta en los festejos del Bicentenario”, reclamó la werken.
Juan Manuel Salgado, director del Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas (Odhpi), evaluó que el proyecto de Código Civil tiene “muy graves falencias” y lo vinculó con la falta de consulta y participación de los propios pueblos indígenas. Coincidió con las críticas de los dirigentes mapuches, y precisó en el artículo 2031. “Según está escrito, la propiedad comunitaria se constituye por el reconocimiento del Estado nacional o provincial. Este reconocimiento del Estado no sería declarativo, sino constitutivo. Esto contradice la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos que establecen que la posesión tradicional implica propiedad. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ya lo ha establecido así”.
Salgado insistió en que el reconocimiento estatal no puede ser constitutivo de la propiedad comunitaria indígena sobre un territorio. “Si hay posesión tradicional, hay propiedad indígena. No es una discusión teórica, tiene efectos prácticos concretos, y puedo asegurar que de sancionarse este Código provocará numerosos desalojos”, afirmó el director del ODHPI.
Al finalizar la audiencia, la Confederación Mapuche emitió un comunicado. Bajo el título “unánime acuerdo Mapuche para que se dicte una ley especial y rechazo al Código Civil”, precisó: “Una a una las ponencias de autoridades mapuche de Neuquén, La Pampa, Río Negro y Chubut fundamentaron por qué es necesario suprimir el texto que se refiere a derechos indígenas del presente anteproyecto de reforma del Código Civil. Y por qué es urgente avanzar hacia la elaboración de una ley especial que regule la relación entre los pueblos indígenas y el Estado en el marco de los avances jurídicos que hemos logrado incorporar en la última década en la Constitución Nacional, provincial y numerosos instrumentos de derecho indígena internacionales”.
En línea con las ponencias en las audiencias, remarcaron la falta de consulta y participación de los pueblos indígenas, lo “inadecuado” de que el Código Civil contenta la preexistencia indígena y la necesidad de reconocer a los pueblos como personalidad de derecho público (y no privado).
La Confederación Mapuche guardó un párrafo para Daniel Fernández, presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI): “Fue lamentable la participación del INAI a través de sus autoridades, que demostraron una sordera e incomprensión a las propuestas expresadas por las autoridades Mapuche y ante la realidad dramática que se vive de desalojos, de violencia inédita en los territorios y que esta norma profundizará de no evitarse su aprobación. Más lamentable aún fue la corte de aplaudidores conformadas por funcionarios indígenas que debieron retirarse repudiados por las comunidades presentes”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario